Altos oficiales del Ministerio del Interior aclararon una serie de dudas y versiones mediáticas sobre el nuevo cuerpo legal que deber ser aprobado en julio por el Parlamento cubano.
Redacción OnCuba
Ningún residente en el exterior perderá una propiedad en la isla como resultado de la nueva Ley de Migración, cuya aprobación en el parlamento esta prevista para julio, de acuerdo con autoridades cubanas.
“Nadie por ser residente en el exterior pierde su vivienda, nadie pierde su auto, nadie pierde una propiedad. Eso no lo dice la ley y ratificamos que nadie la pierde. En eso somos categóricos”, aseguró este miércoles el Primer Coronel Mario Méndez Mayedo, Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Ministerio del Interior (Minint).
En conferencia de prensa en La Habana, el alto cargo explicó que “todas las personas que desde 2013 mantuvieron su residencia en el país, aunque también viven el exterior, son favorecidos por esta ley y no pierden ningún derecho patrimonial”.
Al respecto, apuntó que quienes se encuentran en esa situación —una cifra que abarca a 1 300 000 personas— “conservan sus plenos derechos en Cuba y no tienen limitantes para sus propiedades”.
“Los compromisos contraídos por el país con la moratoria (establecida a raíz de la pandemia) serán cumplidos. Los compromisos que tenemos con las personas que se reasentaron en Cuba, el conocido proceso de repatriación, serán respetados”, prometió.
De emigrados a residentes en el exterior
Méndez Mayedo anunció, además, que el Gobierno dará “todas las facilidades” graduales para que el emigrado que así lo disponga obtenga el estatus de residente en el exterior.
“Al obtener la residencia en el exterior empieza a tener derechos que hoy como emigrado no tiene, porque en su momento la ley estableció esas limitaciones. Y lo que pretende esta ley es dar un paso de avance en ese sentido”, avanzó el alto oficial.
Cabe recordar que actualmente un número significativo de cubanos son considerados legalmente como emigrados, de acuerdo con la ley vigente.
Se trata de personas que no realizaron el proceso de repatriación tras cumplir más de 24 meses fuera de la isla, y que se encontraban en esta situación antes de que la moratoria todavía en vigor eliminara en la práctica la obligatoriedad de ese límite. Por ello, no solo perdieron su residencia en Cuba de manera automática, sino también los derechos y garantías que esa condición entraña.
Los hoy considerados legalmente como emigrados seguirán siéndolo tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Migración, ya que esta no tiene carácter retroactivo. Por tanto, para obtener la condición de residentes en el exterior, los emigrados deberán cumplir con los requisitos y trámites correspondientes, establecidos en la propia legislación.
Una ley para sumar. Cubanos con el I-220A
“Nadie puede pensar que vamos a hacer una ley para restar, esta es una ley para sumar”, afirmó el Primer Coronel, quien para sustentar el carácter inclusivo de la norma citó el ejemplo de los más de 300 mil cubanos que se encuentran en un limbo migratorio en Estados Unidos bajo la condición de la orden I220A.
El formulario I-220A es una “Orden de Libertad Provisional” bajo palabra, que ofrece el Gobierno estadounidense a personas que estuvieron detenidas por las autoridades de inmigración y luego fueron liberadas.
sos cubanos “no tienen residencia en Estados Unidos, no se sabe cuándo la tendrían, hay juicios hasta 2028 planificados, pero si están en la moratoria no pierden ningún derecho en nuestro país, ni siquiera en estos casos. No hay retroceso, en eso somos categóricos, no hay limitación de derechos”, insistió Méndez Mayedo.
En ese complejo contexto migratorio, el Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería criticó las políticas de Washington hacia la isla.
“La Embajada estadounidense sigue sin dar visas de no emigrante, los cubanos tienen que viajar a un tercer país para viajar temporalmente a Estados Unidos” y aun así, no es seguro que la obtengan. Así lo testimonian cientos de casos tramitados en Guyana, donde se gestiona el permiso de entrada a territorio estadounidense, hogar de la mayor comunidad cubana en el extranjero y una de las mayores en el país norteamericano.
Opinión pública
El proyecto de Ley de Migración será debatido —y presumiblemente aprobado— en julio por el parlamento cubano, junto al proyecto de Ley de Extranjería. Con XIV títulos, 21 capítulos, 18 secciones y 176 artículos, el proyecto persigue “atemperar” el cuerpo legal de Cuba a las nuevas realidades migratorias de la isla, en plena ola de migrantes nacionales hacia Estados Unidos, país al que se calculan ha arribado más de medio millón de cubanos en tan solo los últimos dos años.
De acuerdo con Méndez Mayedo, el proyecto publicado hace unos días es resultado de cuatro años de trabajo de análisis, consultas y redacción. Sus redactores tuvieron en cuenta opiniones profesionales y de la ciudadanía, estas últimas a través de sus publicaciones en sitios oficiales como Cubadebate.
En los sondeos de opinión, explicó el alto oficial, quedó demostrado que la prioridad pública fundamental giró en torno al tema de la residencia efectiva. Las opiniones, preguntas y dudas al respecto capturaron entre 60 % y 70 % de los contactos, sea por correo electrónico o en los comentarios en redes sociales.
Residencia efectiva migratoria y el fin de los 24 meses
El concepto de residencia efectiva migratoria establece que tal categoría es la “condición que alcanzan los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes cuando permanecen durante cada año calendario, anterior a la fecha en que se certifica, la mayor parte de su tiempo en el territorio nacional o mediante una combinación de un período de permanencia y otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país”.
Según el Primer Coronel, el tiempo acumulado será definido en los reglamentos de la ley, aún en estudio; pero, de acuerdo con la fuente, será un período acumulativo y no continuo, “lo que da más facilidades para entrar y salir de acuerdo con la dinámica de vida” de cada cual.
Para las autoridades, la categoría de residencia efectiva migratoria ofrece “objetividad de la información sobre las personas que residen en Cuba y en el exterior, lo que podría impactar en las políticas públicas y reducir costos adicionales para la economía del país”.
Además, el Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Minint reiteró que la nueva ley elimina el término de los 24 meses para permanecer en el exterior sin perder la residencia en la isla, de modo que el tiempo de estancia fuera del país “no tenga límites”.
Al disponerse tal medida, se detiene el incremento del estatus de emigrado.
(Tomado de On Cuba)


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