El Decreto y la Resolución sobre la comercialización de productos agropecuarios distan mucho de ser una “reforma de mercado”

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Pedro Monreal

El Decreto 143/2025 y la Resolución 16/2026 sobre la comercialización de productos agropecuarios distan mucho de ser una “reforma de mercado”. Agrega grados de flexibilización a los iniciados antes, pero manteniendo el monopolio estatal sobre el comercio agropecuario.

Siendo la empresa estatal un actor minoritario en la producción, es la comercialización el principal mecanismo que le queda al Estado para imponer un esquema de planificación centralizada que asegure el carácter “socialista” de la base agropecuaria de la nación.

Para el monopolio estatal en el sector agropecuario, es menos relevante fomentar la competencia o delegar funciones a burocracias locales que aplicar precios administrados distintos a los de oferta y demanda.

La nueva normativa para la comercialización de productos agropecuarios asegura esencialmente el control monopólico sobre la formación y fijación de precios por un Estado tan dominante que distorsiona el funcionamiento del mercado.

Con un Estado que determina burocráticamente precios clave (precios centralizados, precios concertados, topes máximos), los productores tienen poca capacidad de negociación, los precios suelen ser bajos, no reflejan costos reales ni oferta/demanda libre, y reducen incentivos.

Habiendo transcurrido casi un decenio desde la “dignificación” de Acopio y un quinquenio de su restructuración como Grupo Empresarial subordinado al Consejo de Ministros, parece haberse entendido que ante su ineficacia debía permitirse la competencia con otros actores.

No es una competencia “nivelada” porque Acopio cuenta con una extensa red territorial de puntos de acopio, mercados, puntos de venta, almacenes mayoristas, naves de acopio, puntos de compra directa y centros de distribución que ofrece ventajas frente a otros actores.

(Tomado de la cuenta X del autor)

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