Como parte del proceso de otorgamiento de beneficios penitenciarios establecidos en ley y en correspondencia con el art. 90, inciso II de la Constitución de la República, se decidió poner en libertad a dos mil 10 sancionados, a través de un indulto aprobado por el Gobierno.
Este gesto humanitario y soberano partió de un análisis cuidadoso de las características de los hechos cometidos por los sancionados, la buena conducta mantenida en prisión, haber extinguido una parte importante de su sanción y estado de salud.
Para la conformación de la lista de indultados se descartaron a aquellas personas que cometieron delitos de agresión sexual, pederastia con violencia, asesinato, homicidio, drogas, hurto y sacrificio de ganado,.robo con violencia o fuerza con la utilización de armas o menores víctimas, corrupción de menores, delitos contra la autoridad, reincidentes y multirreincidentes y algunos que fueron beneficiados con indulto anteriormente y cometieron nuevos delitos.
Se trata de la segunda excarcelación de personas privadas de libertad del presente año, en el contexto de las celebraciones religiosas de Semana Santa, que constituye una práctica habitual en nuestro sistema de justicia penal y de la trayectoria humanitaria de la Revolución.

Este es el quinto indulto que realiza el Gobierno cubano desde 2011, con los que se han beneficiado más de 11 mil personas.
(Tomado de la cuenta X de la Presidencia)


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